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NORMAS - TURISMO ACTIVO

Normalizada la actividad del Turismo Activo en España, bajo la Marca "Q" de Calidad

El subcomité CTN 188 SC3, presidido por ANETA, cuya secretaría gestiona el ICTE finaliza su labor de redacción con la publicación de la norma de rango nacional UNE 188003.

11/12/2009 imprimir enviar por e-mail A+ A-
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El Instituto para la Calidad Turística Española suma a sus normas turísticas, de las que gestiona la secretaria, la norma de rango nacional que regula de forma voluntaria la actividad de las empresas de turismo activo.

El subcomité AEN/CTN 188 SC3 Turismo activo ha sido el encargado de redactar la actual norma, que ha sido publicada en diciembre, tras numerosas reuniones durante año y medio en el que participaron empresas del sector, la Administración Central a través de la Secretaría de Estado y Turismo y varias representaciones de las diferentes CCAA, así como diferentes agentes sociales, todas ellas presididas por ANETA en la figura de José González.

La norma establece los requisitos que deben cumplir las empresas de turismo activo en cuanto a la gestión interna y prestación de actividades deportivas o de naturaleza, con fines eminentemente recreativos y no competitivos, ofertados al público en general, quedando excluidas las actividades de buceo recreativo, actividad que queda regulada por otra norma.

Esta norma asociada a la marca “Q” de Calidad que gestiona el ICTE se aplica al sector turístico profesional que tiene por objeto la realización de actividades turísticas de recreo, deportivas y de aventura que se practican, sirviéndose básicamente de los recursos que ofrece la propia naturaleza en el medio en que se desarrollan, sea aéreo, terrestre de superficie, subterráneo o acuático y a las que es inherente el factor riesgo o cierto grado de destreza para su práctica.

La norma se compone de tres grandes bloques; procesos de la dirección, requisitos de prestación del servicio e infraestructuras y equipamiento.

El objetivo de la misma es, sobre todo, facilitar a la empresa pautas para la planificación, organización, gestión de los recursos, comercialización, control y mejora continua de la organización, así como aspectos sobre gestión ambiental y de accesibilidad universal.

La correcta planificación de los servicios prestados por la empresa, así como la gestión de la prestación del servicio, subcontratación y desarrollo de nuevos servicios ofertados a los clientes son parte de los requisitos que contempla el texto normativo único a nivel nacional.

Los requisitos se completan con anexos que recogen el contenido de la charla previa a los participantes que obligatoriamente debe dar la empresa, así como el contenido básico de los botiquines de la base, entendida ésta como el conjunto de instalaciones principales de la empresa que pueden estar o no cercanas al lugar de realización de alguna actividad y también el contenido para las bases de campo, una lista orientativa de actividades y un ejemplo de ficha de servicio.

El último gran bloque de la norma recoge los aspectos referidos a la limpieza, mantenimiento, requisitos mínimos de infraestructura y equipamientos de la base y sistemas de información.

El Instituto cierra así una de las firmes apuestas para este año 2009 y sobre todo por normalizar voluntariamente a un sector tan nuevo a nivel turístico como lo es el turismo activo.

Todo este proceso culminará en el primer semestre de 2010, una vez de concluidos todos los procedimientos para la certificación de este sector, que derivan en la implantación de las empresas turísticas de turismo activo, la acreditación de auditores en este sector, así como en los procesos de auditoría y certificación del mismo.

ETIQUETAS: normalización, turismo activo,

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