Según el Plan Estratégico de Turismo de Castilla-La Mancha 2010-2014 uno de los objetivos prioritarios identificados por el sector turístico de Castilla-La Mancha es el de impulsar, apoyar y promocionar la calidad, formación e innovación en Castilla-La Mancha, durante los próximos años. Es por ello que la apuesta por la calidad se configure como un elemento imprescindible para mejorar la competitividad del destino. Configurándose la calidad como uno de los ejes vertebradores del modelo turístico de la región.
En esa apuesta por la calidad, conscientes de la situación económica actual, y del esfuerzo que el sector turístico está realizando, Castilla-La Mancha continuará la misma línea de potenciación de la adscripción y el mantenimiento de la oferta a la marca “Q” que concede el ICTE, en un intento de ajustar la oferta de servicios turísticos a la demanda que de los mismos se realiza, con un enfoque de mejora sustancial de la calidad en la prestación de los mismos.
Las subvenciones que se convocan tienen por objeto convertir a Castilla-La Mancha como un destino turístico que destaque por la calidad de sus establecimientos y de los servicios prestados en ellos, como consecuencia de la obtención, seguimiento o renovación de la Marca de Calidad Turística “Q”, ya que, ésta es la principal norma de calidad del Sistema de Calidad Turística Español (SCTE) que concede el ICTE, siendo apoyada la Marca “Q” promocionalmente por la Secretaría de Estado de Turismo, dependiente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Requisitos de las personas beneficiarias
Podrán acogerse a las ayudas de la presente Orden las empresas turísticas con establecimiento permanente en Castilla-La Mancha debidamente inscritas como tales en el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos en el momento de presentación de las solicitudes, conforme establece el artículo 13 de la Ley 8/1999, de 26 de mayo, de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha, que hubieran obtenido la certificación inicial, el seguimiento o la renovación de la Marca “Q” Calidad Turística. De igual forma podrán acogerse a dichas ayudas las entidades que presten servicios que sean susceptibles de integrar la actividad turística o tengan incidencia sobre el sector turístico regional, todo ello dentro de la tipología de establecimientos o entidades turísticas fijada por el ICTE, y que hayan conseguido la primera certificación, el seguimiento o la renovación de la Marca “Q” Calidad Turística concedida por el mencionado organismo, siendo las siguientes:
a) Agencias de Viajes
b) Alojamientos Rurales
c) Alojamientos de Pequeñas Dimensiones
d) Autocares de Turismo
e) Balnearios
f) Campings
g) Campos de Golf
h) Convention Bureaux
i) Hoteles y Apartamentos Turísticos
j) Instalaciones Náutico Deportivas
k) Ocio Nocturno
l) Oficinas de Información Turística
m) Palacios de Congresos
n) Patronatos de Turismo
o) Servicios de Restauración
p) Ocio Compartido
q) Turismo Activo
Así mismo, las empresas o entidades turísticas que soliciten estas ayudas deberán tener domicilio fiscal en el territorio de Castilla-La Mancha.
Podrán presentar solicitud de ayudas las personas titulares o representantes de empresas o establecimientos turísticos que hayan obtenido la primera certificación, el seguimiento o la renovación de la Marca “Q” Calidad Turística que concede el ICTE, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010.
Crédito y partida presupuestaria
Para 2010 la cuantía máxima a conceder en dicho ejercicio coincidirá con el crédito presupuestario existente en las siguientes partidas presupuestarias: 24.07.751 C.47000 con un crédito para el ejercicio 2010 de 32.555,66 euros, a la partida presupuestaria 24.07.751 C. 46000, con un crédito para el ejercicio 2010 de 8.000,00 euros, y a la partida presupuestaria 24.07.751 C.48000, con un crédito para el ejercicio 2010 de 2.000,00 euros.
Las subvenciones establecidas en la presente Orden están cofinanciadas con fondos FEDER.
Cuantía de las subvenciones
Las cuantías máximas de las subvenciones reguladas en esta Orden alcanzarán hasta un máximo del 75 % de los gastos ocasionados por la auditoría previa a la primera certificación, seguimiento o renovación, de la Marca “Q” Calidad Turística (IVA excluido), con un límite máximo de 3.000 euros.
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Edita:
Instituto para la Calidad Turística Española
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